Comunidad Autónoma de Galicia

Ley 6/2006, de 23 de octubre, de modificación de la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia.

PREÁMBULO

La Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia, fue el fruto de la asunción de competencias que hizo en esta materia el Estatuto de autonomía de Galicia. En su momento, supuso no sólo el ejercicio de la competencia legislativa que se había transferido a Galicia, sino también la oportunidad de regular la caza desde una perspectiva más próxima y, por tanto, más adecuada al sentido de entenderla en nuestro país.

Orden de 20 de octubre de 2006, de la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

De conformidad con la Orden de 6 de octubre de 2006 (BOE del 18 de octubre) por la que se establecen normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito nacional de los funcionarios de los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se convoquen durante el curso 2006/2007 y existiendo plazas vacantes en los centros docentes, que se deben proveer entre funcionarios de los Cuerpos que a continuación se citan, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria dispuso convocar concurso de traslados de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto.-Se convoca concurso de traslados, de acuerdo con las especificaciones que se citan en la presente orden, para la provisión de plazas vacantes entre funcionarios docentes de los Cuerpos de: Profesores de enseñanza secundaria (Cuerpo 590).

Orden de 20 de octubre de 2006, de la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas en la Inspección Educativa.

Existiendo plazas vacantes en las inspecciones de Educación cuya provisión debe hacerse entre funcionarios de los cuerpos que a continuación se citan, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria dispone convocar concurso de traslados de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Se convoca concursos de traslados, de acuerdo con las especificaciones que se citan en la presente orden, para la provisión de plazas vacantes entre funcionarios de los cuerpos de: Inspectores al servicio de la Administración educativa.

Resolución de 30 de octubre de 2006, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se convocan a concurso de traslado plazas de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

De conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 43 y siguientes y disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, habiendo entrado en funcionamiento con fecha 30 de junio de 2006 determinados órganos judiciales creados mediante Real Decreto 708/2006, de 9 de junio (BOE 10-6-2006) y estando prevista la entrada en funcionamiento con fecha 30 de diciembre de 2006 de otros órganos creados mediante Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre (BOE 6-9-2006), y con la finalidad de dotarlos de los medios personales necesarios, procede la convocatoria de concurso de traslados para puestos de trabajo genéricos de nueva creación, relativos a los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, dotados presupuestariamente, de conformidad con lo establecido en el Capítulo II del Título III del referido Reglamento. Por todo ello, la Comunidad Autónoma de Galicia coordinadamente con el Ministerio de Justicia han dispuesto convocar concurso para la provisión de los puestos que se relacionan en anexo I con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Puestos que se pueden solicitar. 1. Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, los funcionarios pertenecientes a dichos Cuerpos y Escalas cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión y los sancionados con traslado forzoso hasta que transcurra uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave respectivamente, computándose los plazos, en este caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 43.c) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Orden de 20 de octubre de 2006, de la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito nacional entre funcionarios del Cuerpo de Maestros.

De conformidad con la Orden ECI/3193/2006, de 6 de octubre (BOE del 18 de octubre), por la que se establecen normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito nacional de los funcionarios de los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se convoquen durante el curso 2006-2007 y existiendo plazas vacantes en los centros docentes que se deben proveer con funcionarios del cuerpo de maestros, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria dispuso convocar concurso de traslados de acuerdo con las siguientes convocatorias:

Primera.-Convocatoria para las funcionarias públicas docentes que sean víctimas de violencia de género, en cumplimento con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de Género.