Comunidad Autónoma de Galicia

Resolución de 27 de abril de 2007, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se convoca concurso de traslado, entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Existiendo puestos de trabajo genéricos vacantes, dotados presupuestariamente, de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado por esta comunidad autónoma, de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, y en el artículo 43 y siguientes y disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, la Dirección General de Justicia coordinadamente con el Ministerio de Justicia han dispuesto convocar concurso de traslados para la provisión de los puestos que se relacionan en Anexo I con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Puestos que se pueden solicitar. 1. Los funcionarios participantes podrán solicitar cualquiera de las plazas incluidas en el Anexo I, siempre que reúnan los requisitos generales exigidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los mantengan hasta la resolución definitiva del concurso, sin ninguna limitación por razón de la localidad de destino.

Resolución de 10 de abril de 2007, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización a Litoclean, S.L., para actuar como organismo de control.

Examinada la solicitud de autorización presentada por Dña. Begoña Mundó Domínguez, en calidad de Directora Gerente de Litoclean, S.L., con CIF B-61.993.291, con domicilio social en c/ Montnegre, n.º 14-16, Barcelona, para actuar como Organismo de Control, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, tiene en consideración los siguientes

Hechos

Resolución de 16 de abril de 2007, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se resuelve el concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Galicia entre Médicos Forenses convocado por Resolución de 8 de marzo de 2006.

Visto el expediente instruido para la provisión en concurso de traslados de puestos de trabajo vacantes de Jefes de Servicio y de Jefes de Sección del Instituto de Medicina Legal de Galicia entre Médicos Forenses con destino en la Comunidad Autónoma de Galicia, convocado por Resolución de 8 de marzo de 2006 («Diario Oficial de Galicia» y «Boletín Oficial del Estado» de 22 de marzo de 2006), y de conformidad con lo dispuesto en el título VIII de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial y en el capítulo II del título III y disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, Esta Dirección General resuelve:

Primero.-Nombrar para los destinos que se indican a los médicos forenses que se relacionan en el anexo I, por reunir las condiciones establecidas en la resolución de la convocatoria del concurso.

Orden de 13 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, por la que se publica la convocatoria para la realización de procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.

La Comunidad Autónoma de Galicia convoca pruebas selectivas para cubrir 2.529 plazas de funcionarios docentes correspondientes al Cuerpo de Maestros (1.350), al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (893), al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (90), al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (30), al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas (150), al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño (16). La distribución de las plazas por cuerpos, por el sistema de cobertura y especialidades, es la siguiente:

Las bases de la citada convocatoria se recogen en las órdenes de 9 de abril de 2007 que se publicarán en el «Diario Oficial de Galicia» del 13 de marzo. Las instancias se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, pudiendo ser presentadas:

Decreto 17/2007, de 8 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de sitio histórico, el conjunto de fuentes termales de As Burgas y su entorno delimitado, en el Ayuntamiento de Ourense.

El conjunto termal de As Burgas, sus manantiales y su solar constituyen un elemento único y representativo directamente relacionado con los orígenes de la ciudad de Ourense, pues ellas mismas conformaron su núcleo habitacional originario. Son As Burgas y el territorio adyacente hasta el río Barbaña un elemento exterior al actual núcleo urbano pero integrado históricamente en él, una parte sustancial de su existencia, en uso continuo, donde se desenvuelve parte de la vida cotidiana de los orensanos. Siendo las fuentes termales de As Burgas un elemento diferenciador de la ciudad ya desde su origen, con un valor testimoniado desde hace siglos, era conveniente adoptar las medidas necesarias para la recuperación de este ámbito profundamente ligado a la historia y a la identidad propia de los orensanos, como símbolo de la ciudad de Ourense y referente singular de los viajeros que la visitan. La canción popular identifica las tres cosas que hay en Ourense: el Santo Cristo, el Puente Romano y As Burgas hirviendo el agua, rasgos definidores de una identidad conformada a lo largo de los siglos en torno a tres hitos representativos de momentos históricos diferentes. El Cristo representa la religiosidad medieval que convirtió a Ourense en ciudad, como sede del Obispo. El puente es el signo del papel de encrucijada de caminos que abre la ciudad desde la época romana y que pervive como valor de articulación de Galicia, por carretera o ferrocarril. Y, finalmente, As Burgas, fuerza matriz y conformadora del núcleo originario, don de la tierra madre a los hombres que encuentran en sus nacientes sosiego y apoyo para la salud. Y si los dos primeros tuvieron desde siempre un reconocimiento pleno de su caracterización simbólica y monumental, As Burgas no lograron esa plasmación de lo simbólico que constituye el reconocimiento administrativo de su valor patrimonial. Es necesario, por tanto, dotarlas de la protección acorde a ese valor simbólico, testimoniado desde hace siglos, al que podemos aproximarnos desde realidades distintas, todas conformadoras de la realidad social del significado y reconocimiento que As Burgas, las nacientes y su aprovechamiento, representan para la ciudad de Ourense. Por tal motivo, la Dirección General de Patrimonio Cultural, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 232/2005, de 11 de agosto, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, y en virtud de lo dispuesto por el título I de la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, así como por el Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el Registro de bienes de interés cultural de Galicia, dictó resolución del27 de abril de 2006, por la que se incoó expediente para la declaración de bien de interés cultural, con la categoría de sitio histórico, en favor del conjunto de fuentes termales de As Burgas y su entorno delimitado, en el Ayuntamiento de Ourense, y se abrió un período de información pública por el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, con el fin de que cuantos tuvieran interés pudieran examinar el expediente y alegar lo que considerasen oportuno en la Subdirección General de Protección del Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura y Deporte. La tramitación del expediente se llevó a cabo según lo establecido en la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, y demás disposiciones vigentes, por lo que procede culminar el procedimiento de declaración de conformidad con el artículo 12 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, y así, a propuesta de la Conselleira de Cultura y Deporte, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día ocho de febrero de dos mil siete, dispongo:

Artículo uno. Declaración.