Comunidad Autónoma de Extremadura

Resolución de 26 de mayo de 2023 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación fotovoltaica «Cabrovales I», ubicada en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, expediente GE-M/46/20.

Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Capricornio Energy, SL, con C.I.F. B-88187802 y domicilio social en Paseo de la Castellana, nº 91, 4º planta, Oficina 4, 28046 Madrid, solicitando declaración de utilidad pública de las instalaciones de referencia, se exponen los siguientes:

Antecedentes de hecho

Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado «Línea aérea de alta tensión a 20 kV para la mejora del suministro eléctrico en los términos municipales de Plasenzuela y Trujillo (Cáceres)». Expte/s.: AT-9468.

A los efectos prevenidos en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Título VII, Capítulos II y V, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa previa y reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones que a continuación se detallan:

1. Denominación del proyecto: "Línea aérea de alta tensión a 20 kV para la mejora del suministro eléctrico en los términos municipales de Plasenzuela y Trujillo (Cáceres)".

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación fotovoltaica «El Acoto», ubicada en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, expediente GE-M/06/20.

Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Jarvis Solar S.L., con C.I.F. B10494474 y domicilio social en C/ San Antón, 9 3º 10001 Cáceres, solicitando declaración de utilidad pública de las instalaciones de referencia, se exponen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Resolución de 25 de mayo de 2023 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se cita a los interesados para el levantamiento de actas previas a la ocupación en el proyecto de infraestructura de evacuación de la energía generada por instalación fotovoltaica, en el término municipal de Hornachos (Badajoz), expediente: GE-M/14/19 (expediente expropiatorio EXP-AT/13/21).

Con fecha 15 de diciembre de 2020 se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorgó autorización administrativa de construcción a la sociedad IM2 Energía Solar Proyecto 9, S.L., para la instalación fotovoltaica "PSF IM2 Valencia de las Torres", e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, ubicada en el término municipal de Hornachos (Badajoz), expediente GE-M/14/19; y con fecha 17 de mayo de 2021 se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declaró, en concreto, de utilidad pública la infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada a la citada instalación, una vez cumplidos los trámites reglamentarios. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1.954.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados a que después se hace mención, al día y hora que se indica en el ANEXO de este documento para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.

Resolución de 19 de mayo de 2023 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se cita a los interesados para el levantamiento de actas previas a la ocupación en el proyecto de infraestructura de evacuación de la energía generada por la instalación fotovoltaica «PSF IM2 Alconera», en los términos municipales de Alange y Almendralejo (Badajoz), expediente: GE-M/78/19 (expediente expropiatorio EXP-AT/01/23).

Con fecha 25 de noviembre de 2021 se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorgó la autorización administrativa de construcción a la sociedad IM2 Energía Solar Proyecto 17 S.L., para la instalación fotovoltaica "PSF IM2 Alconera" ubicada en el término municipal de Alange (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, expediente GE-M/78/19 y con fecha 24 de enero de 2022 se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declaró, en concreto, de utilidad pública la infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada a la citada instalación, una vez cumplidos los trámites reglamentarios. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1.954.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados a que después se hace mención, al día y hora que se indica en el ANEXO de este documento para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.