El Presidente de la Junta de Extremadura
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitorio decimoséptica de la citada Ley,
Esta Dirección General de Política Educativa ha resuelto anunciar:
Primero.-Que en el Diario Oficial de Extremadura de fecha 28 de marzo de 2008 (núm. 62), se publicará la Resolución de 18 de marzo de 2008, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas y para adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los mencionados cuerpos.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
El Pleno de la Asamblea de Extremadura, en sesión celebrada el día 13 de septiembre de 2007, ha aprobado la reforma del artículo 44.1 del Reglamento de la Asamblea de Extremadura, por el procedimiento de Lectura Única, con el texto que se inserta a continuación.
REFORMA DEL ARTÍCULO 44.1 DEL REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA