Comunidad Autónoma de Cataluña

Resolución de 18 de febrero de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, de homologación e inscripción en el registro del producto fabricado por Flak, S. A.: Embalaje combinado, código 4G, marca «Flak», modelo ‘C/ 12×1 LV’, para el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima.

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Flak, S.A., con domicilio social en P.I. Sudoest Int., municipio de Vilafranca del Penedès, provincia de Barcelona, para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por Flak, S. A., en su instalación industrial ubicada en Vilafranca del Penedès: Embalaje combinado, Código 4G, marca «Flak», modelo 'C/ 12x1 LV', para el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima. Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la Entidad de Inspección y Control ICICT-El Prat de Llobregat (Barcelona), mediante certificado con clave VC.BB.33063162/04, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden Ministerial de 17/3/1986 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, el código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) (BOE 05-12-2003), he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-978 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación: Marca y modelo: «Flak», 'C/ 12x1 LV'.

Resolución de 21 de febrero de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, de certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Ezinç Metal SAN.ve. TIC.A.S,: Paneles solares.

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Soleco, S. L., con domicilio social en Marques de Monistrol, 19, municipio de Sant Joan Despí, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Ezinç Metal SAN.ve. TIC.A.S, en su instalación industrial ubicada en Cadde 12 Kayseri (Turquia) correspondiente a la contraseña de certificación GPS-8075: Paneles solares. Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el Laboratorio de Captadores Solares (LABSOL), mediante informe con clave L013/04-01, ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril (BOE 12/05/80), la Orden de 28-07-1980, sobre normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares (BOE 198, de 18/08/1980) y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, (BOE 6-2-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE 26-4-97). Que LABSOL es un laboratorio acreditado por ENAC para realizar los ensayos de la norma UNE-EN 12975 (apartados 6.1.4 y 6.1.8) y autorizado por el Ministerio de Economía, según resolución de 23 de marzo de 2004. De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8075, con fecha de caducidad el 21/02/2007, disponer como fecha límite el día 21/02/2007, para que el titular de esta resolución presente declaración en la que haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Resolución de 24 de febrero de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se reconoce la validez del certificado emitido por «Loss Prevention Certification Board (LPCB)» como certificado de conformidad a normas de aparato, destinado a instalaciones de protección contra incendios fabricado por la empresa Argus Spectrum y comercializado por Casmar Electrónica, S.A.

Vista la documentación presentada por la empresa Casmar Electrónica, S.A. domiciliada en la calle Trinxant, 96, bajos, de Barcelona (08026), por la que se solicita el reconocimiento de validez de un certificado emitido por «Loss Prevention Certification Board (LPCB)». Visto que «Loss Prevention Certification Board (LPCB)» es organismo de certificación acreditado por «United Kingdom Acreditation Service (UKAS)», para el aparato detector de incendios que se indica en la presente resolución. Visto que el certificado de conformidad a normas emitido por «Loss Prevention Certification Board (LPCB)» presentado posibilita la colocación de la correspondiente marca de conformidad a normas, de acuerdo con los artículos 2.º, 3.º, 7.º, del capítulo II del anexo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, (BOE núm. 298, de 14 de diciembre) y sus correcciones (BOE, de 7 de mayo de 1994) así como la Orden de 16 de abril de 1998 (BOE núm. 101, de 28 de abril) por la que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios. Visto el certificado de «Loss Prevention Certification Board (LPCB)» presentado. De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE del 23 de julio); el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial (BOE de 6 de febrero de 1996); la Orden de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y aprobación de prototipos, tipos y modelos (DOGC de 12 de marzo) modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986 (DOGC de 6 de junio) y en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas, he resuelto:

Primero.-Reconocer la validez del certificado de conformidad a normas emitido por «Loss Prevention Certification Board (LPCB)» n.º 603a de fecha 4 de marzo de 2004, como certificado de organismo de control que posibilita la colocación de la correspondiente marca de conformidad a normas, de acuerdo con lo que establece el artículo 3.º del capítulo II del anexo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, para el detector siguiente: AURORA S100.

Resolución de 24 de febrero de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se concede la modificación de la aprobación CE de modelo correspondiente a un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo C1, a favor de Antonio Antunes & Filhos, Limitada.

Vista la petición interesada por la Entidad Antonio Antunes & Filhos, Limitada (Rua Antonio Antunes Cabral, n.º 4, Ferreiros 4705-106 Braga - Portugal), en solicitud de modificación adicional primera de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo C1, con aprobación CE de modelo número E-04.02.36, de 8 de octubre de 2004, emitida por esta Dirección General (Organismo Notificado 0315). De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General d'Assaigs i Investigacions, con referencia número 4027123, de 14 de septiembre de 2004, Esta Dirección General del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985 de 18 de marzo; el Decreto 199/1991 de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.-Autorizar a favor de la Entidad Antonio Antunes & Filhos, Limitada, la modificación adicional primera de la aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo C1, con aprobación CE de modelo número E-04.02.36 de 8 de octubre de 2004.

Resolución de 3 de marzo de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se concede la modificación de la aprobación de modelo de una célula de carga, modelo FCAL, a favor de Laumas Elettronica, S. R. L.

Vista la petición interesada por la empresa Laumas Elettronica, S. R. L. (Via 1º Maggio, 6, 43030 Basilicanova - Italia), en solicitud de primera modificación no substancial de la Aprobación de Modelo de una célula de carga, modelo FCAL, fabricada y comercializada por Laumas Elettronica, S. R. L. De acuerdo con los informes favorables emitidos por el Laboratori General d'Assaigs i Investigacions, de 9 de febrero de 2005 y de 28 de febrero de 2005, y con referencias 5001844 y 5001844M1. Esta Dirección General del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988 por la que se aprueba la Norma Metrológica de Células de Carga, ha resuelto:

Primero.-Conceder la primera modificación no substancial de la Aprobación de Modelo, a favor de la entidad Laumas Elettronica, S. R. L, de una célula de carga, modelo FCAL.