Comunidad Autónoma de Cataluña

Ley 3/2005, de 8 de abril, de modificación de la Ley 9/1998, del Código de Familia, de la Ley 10/1998, de uniones estables de pareja, y de la Ley 40/1991, del Código de Sucesiones por causa de muerte en el Derecho Civil de Cataluña, en materia de adopción y tutela.

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley.

Resolución CLT/727/2005, de 1 de marzo, del Departamento de Cultura, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la iglesia de Sant Jaume, en Ulldemolins.

Por la Resolución de 26 de mayo de 1981 (BOE núm. 159, de 4.7.1981) se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la iglesia de Sant Jaume, en Ulldemolins. El 22 de noviembre de 2004, el Director General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de delimitación de un entorno de protección de la iglesia de Sant Jaume, en Ulldemolins, y de acumulación del expediente anterior de declaración de esta iglesia. Vistos los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación de un entorno de protección de la iglesia de Sant Jaume, en Ulldemolins (Priorat). Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente.

Resolución CLT/733/2005, de 8 de marzo, del Departamento de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, de la Antigua Fábrica de Cemento Asland en el Clot del Moro, en Castellar de n’Hug, y se delimita su entorno de protección.

El 23 de noviembre de 2004 el Director General del Patrimonio Cultural emitió un informe favorable a la incoación del expediente para la declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, de la Antigua Fábrica de Cemento Asland en el Clot del Moro, en Castellar de n'Hug, y donde se justifica la necesidad de delimitar un entorno de protección. Vistos los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, de la Antigua Fábrica de Cemento Asland en el Clot del Moro, en Casteller de n'Hug (Berguerdà), y de delimitación de un entorno de protección. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente.