Vista la documentación técnica correspondiente, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:
Primero.-Incoar expediente para la delimitación del área de protección del inmueble denominado «Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción», localizada en Corral de Almaguer (Toledo), declarada Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, en virtud de Real Decreto 3558/1981, de 29 de diciembre.
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Advertido error en la transcripción de la denominación social del solicitante, el Organismo de Control Estudio de Ingeniería, Inspección y Control S.L., este órgano, en uso de las facultades que le reconoce el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto realizar la siguiente rectificación:
En la Resolución de fecha 8 de octubre de 2004, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 282, de 23 de noviembre de 2004, de autorización del Organismo de Control Estudio de Ingeniería, Inspección y Control S.L., donde dice: «Estudio de Ingeniería y Control S.L.», debe decir: «Estudio de Ingeniería, Inspección y Control S.L.», donde dice: «Estudio de Ingeniería y Control, S.L.», debe decir: «Estudio de Ingeniería, Inspección y Control, S.L.».
Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 23 de octubre de 2003, doña María Ángeles Rojo Rojo, en nombre y representación de Rock Control S.A., con domicilio social en C/ Valentín Beato, 24-Madrid, y oficina en C) Río Peñón, n.º 13-Guadalajara, presentó solicitud para la autorización de actuación como Organismo de Control ante la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el ámbito reglamentario de las Obras Subterráneas.
Segundo.-Una vez examinada la documentación presentada, y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el R.D. 2200/1995, la Dirección General de Industria y Energía dictó Resolución de 24 de noviembre de 2003, por la que se autorizaba como Organismo de Control en el ámbito reglamentario de las Obras Subterráneas a la entidad Rock Control S.A. Dicha resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado n.º 312, de 30 de diciembre de 2003.
Tercero.-Con fecha 16 de marzo de 2005, doña María Ángeles Rojo Rojo, en nombre y representación de Rock Control S.A., envía escrito a la Dirección General de Industria y Energía, en el que pone de manifiesto los siguientes extremos: que resolverán su contrato con ENAC en el próximo vencimiento y que solicitan, de manera voluntaria, su baja como Organismo de Control en esta Comunidad Autónoma.