Comunidad Autónoma de Cantabria

Corrección de errores de la Resolución de 10 de septiembre de 2004, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, a favor de «Los Castros del Dobra», en San Felices de Buelna.

Advertidos errores en la Resolución de 10 de septiembre de 2004, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, a favor de los Castros del Dobra, en el término municipal de San Felices de Buelna, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 285, de 26 de noviembre de 2004, se procede a efectuar la oportuna rectificación: En la página 39336, donde dice:

«ANEXO Descripción y Delimitación de la zona arqueológica

Decreto 7/2005, de 20 de enero, por el que se amplía el entorno de protección del bien de interés cultural declarado «La Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción», en Arnuero (Cantabria).

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 27 de enero de 2004, se incoó expediente para modificar la delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado «La Iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción», en Arnuero, término municipal de Arnuero, declarada bien de interés cultural, con la categoría de monumento mediante Decreto 13/1993, de 18 de marzo. Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar la modificación de la delimitación del entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente. En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 20 de enero de 2005, dispongo,

Artículo 1.