Comunidad Autónoma de Canarias

Ley 8/2007, de 13 de abril, del Estatuto de la Capitalidad compartida de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 8/2007, de 13 de abril, del Estatuto de la Capitalidad Compartida de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

PREÁMBULO

Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del sistema canario de seguridad y emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.

PREÁMBULO

Ley 10/2007, de 13 de abril, de modificación del artículo 61 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 10/2007, de 13 de abril, de modificación del artículo 61 de la ley 12/2006, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de canarias para 2007.

PREÁMBULO

Ley 11/2007, de 18 de abril, de modificación de la Ley 7/2003, de 20 de marzo, de elecciones al Parlamento de Canarias.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 11/2007, de 18 de Abril, de Modificacion de la Ley 7/2003, de 20 de Marzo, de Elecciones al Parlamento de Canarias.

PREÁMBULO

Resolución de 8 de mayo de 2007, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se adjudica destino a funcionaria del Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, en ejecución de la sentencia recaída en el recurso de casación n.º 749/2000.

Vista la instancia presentada por doña M.ª Carmen Acosta Cabre-ra, con DNI 24201160, en cumplimiento a la Orden JUS/942/2007, de 22 de marzo (BOE 12 de abril de 2007), por la que se procede al cumplimiento de la sentencia recaída en el recurso de casación n.º 749/2000, en relación al proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia (actualmente Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa), turno libre, convocado por Orden de 17 de noviembre de 1997, esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia acuerda confirmar a la interesada en el puesto de trabajo que se relaciona a continuación: Acosta Cabrera, M.ª Carmen: Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. Dado que dicha interesada se encuentra prestando actualmente sus servicios en la Fiscalía indicada como funcionaria del Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, no será necesario que tome posesión, contándose los efectos de la misma desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado. La funcionaria a quien se confirma en su destino en virtud de esta Resolución podrá participar en el próximo concurso de traslado que se anuncie, dado que la sentencia otorga efectos retroactivos administrativos.

Contra la presente Resolución la interesada podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.