Antecedentes de hecho
1º.- Solicitudes.
Antecedentes de hecho
1º.- Solicitudes.
Por Resolución de la Dirección General de Energía número 784/2023, de 8 de junio, se otorgó autorización administrativa y se declaró, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Nueva Subestación Barranco de Tirajana III 220 kV y línea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, doble circuito, Barranco de Tirajana II – Barranco de Tirajana III", con número de expediente AT-22/005.
De conformidad con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la declaración de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos de lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Anuncio de subasta administrativa con número de referencia 23023.
Dirección electrónica: https://subastas.boe.es/ds.php?id=SUB-RC-2023-3800100123023
TINOJAI RENOVABLES, S.L.U., promueve la Instalación Parque Fotovoltaico "Lomo Gordo 4", de 2 MW, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, en la isla de Gran Canaria.
La instalación precisa de autorización administrativa de acuerdo a lo establecido en el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, siendo la Dirección General de Energía el órgano sustantivo competente para la resolución de la autorización administrativa del proyecto, así como de la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto, según los dispuesto en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
TINOJAI RENOVABLES, S.L.U. (antes DOCTOR CHIL RENOVABLES, S.L.U.), promueve la instalación parque fotovoltaico Montaña Blanca I, de 1 MW, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, isla de Gran Canaria.
La instalación precisa de autorización administrativa de acuerdo a lo establecido en el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, siendo la Dirección General de Energía el órgano sustantivo competente para la resolución de la autorización administrativa del proyecto, así como de la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto, según los dispuesto en el Real Decreto 1.995/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.