Comunidad Autónoma de Andalucía

Decreto 94/2005, de 29 de marzo, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre.

La Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, en su Disposición Transitoria Séptima, establece que las Universidades del Sistema Universitario Andaluz adaptarán sus Estatutos a los términos de dicha Ley, en el plazo de nueve meses desde su entrada en vigor, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones transitorias segunda y tercera de la Ley Orgánica de Universidades. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba fueron aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre, por lo que a fin de dar cumplimiento a esta exigencia de adaptación a lo dispuesto en la Ley Andaluza de Universidades, antes citada, y con la finalidad de subsanar deficiencias y mejorar se regulación, el 20 de diciembre de 2004, el Claustro de la indicada Universidad aprobó la reforma de los Estatutos, de acuerdo con el procedimiento de revisión estatutaria previsto en los mismos. Asimismo teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, las modificaciones que se pretenden introducir en los Estatutos ya vigentes, según las reformas aprobadas por el Claustro, deberán ser aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, si se ajusta a la legalidad vigente. En su virtud, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 39.2.º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 29 de marzo de 2005.

D I S P O N G O :

Resolución de 29 de marzo de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación para el Fomento y Promoción de la Aceituna de Mesa.

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de Fundación para el Fomento y Promoción de la Aceituna de Mesa, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Resolución de 29 de marzo de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación para Adultos Isbilia.

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Fundación Para Adultos Isbilia, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Ley 2/2005, de 8 de abril, por la que se regula el Estatuto de los ex presidentes de la Junta de Andalucía.

el presidente de la junta de andalucía

A todos los que la presente vieren, sabed: Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley por la que se regula el Estatuto de los ex presidentes de la Junta de Andalucía.