Comunidad Autónoma de Andalucía

Resolución de 13 de abril de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de diversas Fundaciones.

Vistos los expedientes por los que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de diversas Fundaciones, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Resolución de 4 de abril de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se concede la aprobación de modelo CEE del contador de agua fría marca Ruedagua, modelo RMP-8, de diámetro 15 mm., clase C, fabricado por Ruedagua, S.L.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Empresa Ruedagua, S.L., con domicilio en la calle Mancha Real, n.º 16, del Polígono Industrial Los Olivares en Jaén, inscrito en el Registro de Control Metrológico con el número 04-A-0437-R, y en su nombre D. Ramón Rueda Quirós, con D.N.I. 25.916.479, ha solicitado la aprobación de modelo de su contador de agua fría en la Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Segundo.-La empresa aportó 10 ejemplares del contador de agua fría marca Ruedagua, modelo RMP-8, de diámetro 15 mm. Clase C, para caudal nominal Qn=1.5 m3/h., para la realización de los ensayos metrológicos. Tercero.-Los ensayos de aprobación de modelo fueron llevada a cabo por Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (VEIASA) conforme a lo recogido en el Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, por el que se regula el Control Metrológico CEE y a la Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría.

Orden de 15 de marzo de 2005, de la Consejería de Cultura, por la que se reconoce, califica y dispone la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la «Fundación Valle de las Águilas».

Visto el expediente tramitado en orden al reconocimiento por esta Consejería del interés general de la «Fundación Valle de las Águilas», su calificación como Fundación Cultural, así como su correspondiente inscripción, esta Consejería lo resuelve con la decisión que figura al final, a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho.

Hechos