El apartado 21 del artículo 7 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, referido a los sectores energéticos, atribuye a este organismo la competencia para «Determinar con carácter anual los operadores principales y dominantes, así como el resto de funciones relativas a dichos operadores de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios».
El Real Decreto 1232/2001, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento de autorización previsto en el artículo 34 del Real Decreto-Ley 6/2000, en su artículo 3 señala que «la Comisión Nacional de Energía y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones establecerán y harán pública, anualmente, la relación de los operadores que se consideren principales en los mercados o sectores referidos en el artículo 34.dos del Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio. Dicha relación podrá ser modificada, en cualquier momento, durante el transcurso del año.»
En cumplimiento de la regla 38 de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio y una vez presentadas por la Intervención General de la Administración del Estado las cuentas anuales de la Comisión Nacional de Energía del ejercicio 2013 ante el Tribunal de Cuentas, el día 14 de noviembre de 2014, procede la publicación de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.
El Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha resuelto:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, con el alcance establecido en la disposición final cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y en el Real Decreto 651/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico,
Esta Comisión resuelve anunciar la convocatoria para proveer los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, con el alcance establecido en la disposición final cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y en el Real Decreto 651/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico,
Esta Comisión resuelve anunciar la convocatoria para proveer los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
En el marco del procedimiento de referencia ANME/DTSA/628/14/M3-3ªRONDA, con fecha 23 de septiembre de 2014 se ha aprobado por la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la Resolución referenciada en el título de esta publicación, poniendo fin a este expediente administrativo.
En virtud de lo dispuesto en el resuelve octavo de la Resolución referenciada, así como en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 13.1 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, que establece la necesaria publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por las que se definan los mercados de referencia relativos a redes y servicios de telecomunicaciones electrónicas, se acuerda publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el resuelve de la Resolución de 23 de septiembre de 2014, que aparece como anexo de esta publicación.