Ciudad de Ceuta

Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa y de construcción de la Línea Subterránea de Media Tensión entre el C.T .San Amaro (EAEC188) y el C.S. Valdeaguas (EAEC255).

Vista la solicitud de D. Jose Mª Villoria Marcos, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva nº 2, solicitando autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la Línea Subterránea de Media Tensión entre el centro de transformación San Amaro (EAEC188) y el centro de seccionamiento Valdeaguas (EAEC255), y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1.955/2.000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2.502/1.996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa y de construcción para la instalación de líneas subterráneas de entrada y salida de conexión de media tensión de (18/30 kV) comprendidas entre la arqueta de conexión SJDIOS2/15/LCOLMENAR 4.1 y Centro de Seccionamiento «Centro de Salud El Tarajal».

Vista la solicitud del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria de Ceuta, (INGESA) solicitando autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación de líneas subterráneas de entrada y salida de conexión de media tensión de (18/30 kV) comprendidas entre la arqueta de conexión SJDIOS2/15/LCOLMENAR 4.1 y Centro de Seccionamiento "Centro de Salud El Tarajal", cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2.502/1996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa y de construcción de la Línea Subterránea de Media Tensión entre el C.T. La Legión (EAEC101), el C.T. Mendoza (EAEC124) y el C.T. General Aranda (EAEC084).

Vista la solicitud de D. Jose Mª Villoria Marcos, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva nº 2, solicitando autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la Línea Subterránea de Media Tensión entre el CT La Legión EAEC101, el CT Mendoza EAEC124 y el CT General Aranda EAEC084, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1.955/2.000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2.502/1.996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

Anuncio del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta de Información Pública sobre solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de adecuación de la línea subterránea de Media Tensión entre «SE SJDIOS1» (San Juan de Dios 1) y «CT Escuela de Comercio» (EAEC074).

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 53.1de la ley 24/2013 del Sector Eléctrico respecto a la autorización de instalaciones de transporte, distribución, producción y líneas directas se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y de construcción, de la Línea Subterránea de Media Tensión entre la subestación San Juan de Dios nº 1 y el centro de transformación Escuela de Comercio.

a) Peticionario: D. José María Villoria Marcos, en nombre y representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal.