Con fecha 24 de junio de 2004, el Secretario de Estado de Economía, por delegación del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, dictó Orden resolviendo el expediente de referencia, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 17 de enero de 2003 a Mediterránea de Tasaciones, S.A., y a las personas que ejercían cargos de administración en la entidad en ese momento: Don Prócoro del Real López, doña María Jesús Baeza Alemañ y don Felipe del Real López, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones de multa por la comisión de infracciones muy graves y graves, impuestas en dicha Orden ministerial, que dispuso, entre otras, las siguientes:
«I. Imponer a la entidad Mediterránea de Tasaciones, S.A., las siguientes sanciones previstas en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, y en la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, por la que se adapta la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones relativas al sistema financiero: Sanción de multa por importe de quince mil euros (15.000 €), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación, por insuficiencia del capital mínimo exigido en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, en relación con la disposición transitoria primera de la misma norma.