Madrid, 29 de marzo de 2005.-El Director general, Francisco Javier Aríztegui Yáñez.
Banco de España
Con fecha 12 de diciembre de 2001, el Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía, dictó Orden resolviendo el expediente de referencia IE/CO-3/2000, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 14 de julio de 2000 a don Juan Antonio Carrasco Belmonte, don José Mira Rico, don Francisco Figuerola Aparisi, don Vicente Pérez Ferrando, don Amador Tortosa Albert, don José Antonio Andújar Alonso, don Bernardo Conca Gisbert, don Ferrán Gosálvez i Gomis, don Manuel Bravo Lifante, don Raúl Lafuente Sánchez y don Vicente Paños Callado, y habiendo adquirido firmeza, por sentencia firme de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, de la Audiencia Nacional, de 15 de noviembre de 2004, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones de multa por la comisión de infracciones muy graves, impuestas en dicha Orden que dispuso, entre otras, las siguientes:
«Quinto.-Imponer a don Juan Antonio Carrasco, don José Mira Rico, don Francisco Figuerola Aparisi, don Vicente Pérez Ferrando, don Amador Tortosa Albert, don José Antonio Andújar Alonso, don Bernardo Conca Gisbert, don Ferrán Gosálvez i Gomis y don Manuel Bravo Lifante, la sanción de multa a cada uno de ellos por importe de un millón de pesetas (6.010,12 euros, seis mil diez euros con doce céntimos), prevista en el apartado a) del artículo 12 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por su responsabilidad en el grado que ha quedado determinado en el expediente disciplinario, en la infracción muy grave tipificada en el artículo 4.e) de la mencionada Ley Disciplinaria, consistente en «la realización de actos u operaciones prohibidas por normas de ordenación y disciplina con rango de Ley o con incumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas, salvo que tenga un carácter meramente ocasional o aislado.
Madrid, 24 de marzo de 2005.-El Director general, Francisco Javier Aríztegui Yáñez.
Madrid, 23 de marzo de 2005.-El Director general, Francisco Javier Aríztegui Yáñez.
Madrid, 22 de marzo de 2005.-El Director general, Francisco Javier Aríztegui Yáñez.