Agencia Española de Protección de Datos

Resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se declara la prescripción de las sanciones.

De conformidad con el art. 47 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal(artículo derogado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, pero aplicable a las presentes prescripciones) y art. 45 Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, que regulan la prescripción de las sanciones,

ACUERDO

Resolución de 16 de junio de 2020, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la Proactividad y Buenas Prácticas en el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el ejercicio de las funciones y competencias que le atribuyen el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos, RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), tiene como misión velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos, difundir y proteger los derechos de los ciudadanos, promoviendo entre la ciudadanía y las organizaciones el valor de la protección de datos, e impulsar su sensibilización y comprensión de las normas, garantías y riesgos, en particular el impacto que los nuevos desarrollos tecnológicos pueden tener en la privacidad de los ciudadanos; y promover la concepción de la privacidad como activo de las organizaciones públicas y privadas, y como elemento distintivo de la competitividad en el mercado.

En el marco de las competencias y funciones de la agencia, el Plan Estratégico 2015-2019, en su eje 4, estableció un conjunto de iniciativas dirigidas a lograr una agencia más cercana a los responsables, tanto privados como públicos, y a los profesionales de la privacidad, promoviendo un conjunto amplio de guías, herramientas y materiales, así como un amplio despliegue de actividades de difusión e información dirigidas a facilitar el conocimiento y la aplicación práctica por estos de sus obligaciones derivadas del Reglamento General de Protección de Datos, en colaboración con las correspondientes organizaciones y asociaciones empresariales y profesionales. Asimismo, previó una iniciativa destinada a fomentar las buenas prácticas en materia de protección de datos, y, entre ellas, la convocatoria de premios para apoyar aquellos proyectos que faciliten el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos por parte de los sujetos obligados, tanto del sector privado como público.

Resolución de 16 de junio de 2020, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Buenas Prácticas Educativas en Privacidad y Protección de Datos Personales para un Uso Seguro de Internet por los Menores.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el ejercicio de las funciones y competencias que le atribuye el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, tiene como misión velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos, así como difundir y proteger los derechos de los ciudadanos, promoviendo entre la ciudadanía y las organizaciones el valor de la protección de datos, en particular cuando se trata de menores de edad que, por su propia naturaleza, requieren de una protección más intensa frente a los riesgos derivados de los nuevos desarrollos tecnológicos.

Con ese objetivo, la Ley Orgánica 3/2018 ha incluido, dentro de los derechos digitales, el derecho a la educación digital. Refuerza, de manera particularmente destacada, las obligaciones del sistema educativo para garantizar la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y en el aprendizaje de un uso de los medios digitales que sea seguro y adecuado para garantizar su privacidad, incluyendo una formación específica en los currículos académicos y exigiendo que el profesorado reciba una formación adecuada en esta materia. Asimismo, se contemplan medidas para la protección de los datos de los menores en la Red, indicando que los padres, madres o representantes legales procuren que los menores de edad hagan un uso equilibrado y responsable de los dispositivos digitales.

Resolución de 16 de junio de 2020, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Buenas Prácticas en relación con iniciativas del ámbito público y privado dirigidas a una mayor protección en internet de la privacidad de las mujeres víctimas de violencia por razón de género.

La extensión y el uso intensivo de dispositivos móviles e internet, redes sociales y servicios como los de mensajería instantánea o de geolocalización, sirven de cauce para la proliferación de conductas de violencia contra la mujer, comprobándose que, en muchos casos, internet y sus servicios y aplicaciones se utilizan para controlar, amedrentar, acosar, humillar y chantajear a las mujeres.

Es por ello cada vez más frecuente que se publiquen en internet imágenes, vídeos o documentos privados de las mujeres víctimas de violencia de género, sin su consentimiento, o de los menores a su cargo, y que se difundan a través de las redes sociales o servicios equivalentes estos contenidos.

Resolución de 16 de junio de 2020, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio Comunicación de Protección de Datos Personales.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, tiene la misión de velar por la privacidad y la protección de los datos personales, actuando como un organismo cercano que refuerce y amplíe las vías de comunicación con el ciudadano, con las empresas y el sector de la economía digital, dando una respuesta integral a sus necesidades. En particular, le corresponde promover y fomentar el valor de la protección de datos a través de los medios de comunicación.

El papel que realizan los medios de comunicación resulta crucial tanto para fomentar la sensibilización y el conocimiento de los ciudadanos en esta materia, como para que los responsables cumplan con sus obligaciones legales, reforzando así valores fundamentales como el compromiso con una democracia plural basada en el imperio de la ley y el respeto a los derechos humanos.